Visas en colombia para extranjeros, visas para colombianos, son unos de nuestros servicios, analizamos tus probabilidades de aplicación y te orientamos respecto al mejor tipo de visa para tu caso.
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Visa de Visitante, se considera y se le tramita al extranjero que quiere visitar a colombia una o varias veces, y si lo prefiere puede permanecer temporalmente sin establecerse permanentemente. Estos son los tipos de visa de visitante en colombia:
Esta visa está destinada a la realización de gestiones empresariales, estudios de mercado, planes de inversión directa y establecimiento de sociedades mercantiles, negociación, firma de contratos o representación comercial.
La visa podrá ser aprobada hasta por 2 años, dependiendo de la actividad propuesta por el extranjero en Colombia.
El tiempo de permanencia autorizado en el territorio nacional para el titular de la visa no podrá exceder los 180 días continuos o no continuos dentro de cada 365 días de uso de la visa, y no podrá ser prorrogado.
Esta visa está destinada a quienes deseen participar en programas de intercambio académico, seguir una formación artística o comercial, o realizar estudios distintos de los programas de educación primaria, secundaria o universitaria.
La validez del visado puede extenderse hasta 2 años, dependiendo de la actividad propuesta en Colombia.
Requisito específico:
1. Presentar certificado de admisión o matrícula de la institución educativa en el que conste una dedicación horaria semanal mínima de 10 horas.
2. Póliza de seguro médico de viaje con una cobertura mínima de 100.000 USD para todo el periodo de estudios.
Podrán solicitar esta visa los trabajadores extranjeros contratados con carácter temporal, estacional o de corta duración por entidades domiciliadas en Colombia, así como aquellos que deban prestar asistencia técnica especializada sin relación contractual formal.
Teniendo en cuenta la actividad propuesta por el trabajador extranjero en Colombia, se podrá conceder un visado con una validez de hasta 2 años.
Un requisito específico es la presentación del formato resumen del contrato.
Ten en cuenta que, aunque la autoridad encargada de los visados puede aceptar inicialmente el formulario resumido, aún puede solicitar el contrato original si la información del resumen es insuficiente, incoherente o requiere aclaraciones.
Al visado se le puede conceder hasta 2 años, teniendo en cuenta la actividad propuesta por el extranjero en Colombia.
Requisitos específicos:
1. Carta firmada por el representante legal de la institución o empresa, que incluya:
- Nombre de la institución o empresa, número de identificación (en caso de estar legalmente establecida en Colombia) y datos de contacto.
- Identificación completa del extranjero tal y como aparece en el pasaporte.
- Actividad, duración y horario propuesto para el extranjero.
- Relación con el extranjero y su cualificación o experiencia.
- Declaración de responsabilidad económica por los gastos de estadía y transporte del extranjero.
2. Cuando la institución o empresa acreditante sea privada y esté establecida en el extranjero, deberá aportar certificado de existencia y representación legal o documento equivalente.
3. Prueba de liquidez mediante la presentación de extractos bancarios de la institución o empresa correspondiente a los 6 meses anteriores a la solicitud. Las entidades públicas no necesitan cumplir este requisito.
Este tipo de visa está destinado a extranjeros que deban tramitar asuntos administrativos o judiciales ante entidades o autoridades en Colombia.
La vigencia del visado, será hasta un máximo de 2 años, y dependerá de la actividad que el extranjero vaya a realizar en Colombia.
Un requisito específico para este tipo de visado es un certificado expedido por la entidad o autoridad colombiana ante la que se vaya a realizar el trámite.
Si la solicitud se presenta de manera individual o con patrocinio de una persona natural, se debe aportar la siguiente documentación:
1. Carta firmada por el solicitante o por quien lo patrocine, en la que consten los datos completos de identificación del solicitante o de quien lo patrocine (tal y como aparecen en el pasaporte o documento de identificación), una explicación de la relación con el extranjero, el motivo del viaje y una declaración responsable económicamente de los gastos personales y de transporte del extranjero.
2. Además, deben incluirse como parte de la solicitud los extractos bancarios de los seis (6) meses anteriores.
Para producir contenidos audiovisuales o digitales, se podrá conceder un visado con una vigencia de hasta dos años, teniendo en cuenta la actividad propuesta por la persona extranjera en Colombia.
Si la solicitud se realiza personalmente o mediante el aval y patrocinio de una persona natural, se deben cumplir unos requisitos específicos.
Estos requisitos incluyen una carta firmada por el solicitante o la parte que respalda la solicitud de visado, en la que se incluyan los datos de identificación completos del solicitante o de la persona física que lo respalda, tal y como aparecen en su pasaporte o cédula de ciudadanía.
La carta también debe detallar la relación con la persona extranjera, el motivo previsto del viaje y una declaración de responsabilidad económica por los gastos personales o los del invitado extranjero.
Además, el solicitante o la persona de apoyo deben presentar los extractos bancarios de los seis meses anteriores a su solicitud de visado.
Este tipo especial de visado está abierto a ciudadanos de Chile, Francia, México y Perú que tengan entre 18 y 30 años, viajen solos y estén interesados en visitar nuestro país por ocio y/o en participar en oportunidades para ganar dinero durante su estancia.
El proceso de solicitud debe realizarse en una oficina consular colombiana situada fuera de Colombia.
La duración del visado es de un año, y el tiempo permitido en el país coincidirá con la duración de la vigencia.
También deben cumplirse requisitos particulares, como:
1. Completar adecuadamente un formulario de compromiso.
2. Demostrar que saldrá del país (o, alternativamente, que dispone de fondos suficientes para garantizar una salida adecuada).
3. Presentar extractos bancarios que indiquen un saldo bancario medio superior a cinco salarios mensuales al salario mínimo legal de Colombia durante los últimos tres meses anteriores a la solicitud de certificación.
Además, si el visitante es un dependiente o un invitado del anfitrión invitado que asumirá la responsabilidad de garantizar la salida del país de esta persona, el invitado deberá presentar una copia de la carta de compromiso del anfitrión invitado, así como extractos bancarios que indiquen un saldo medio que supere una cantidad equivalente a cinco salarios al tipo del salario mínimo legal colombiano durante los últimos tres meses.
Este visado está destinado a extranjeros que sean funcionarios públicos o representantes comerciales de un gobierno extranjero que vengan a Colombia en misión que no requiera acreditación del gobierno colombiano.
Al visado se le puede conceder una validez de hasta 2 años, en función de la actividad del extranjero prevista en Colombia.
Para poder viajar con fines médicos, ya sea para asistir a una consulta, a un tratamiento o para acompañar a otra persona durante el proceso, se necesita un visado en Colombia.
Dependiendo del tipo de actividad médica propuesta, este visado puede tener una validez de hasta dos años.
Además, se exigirá, como criterio específico para los viajeros que soliciten esta visa, la prueba de haber recibido instrucciones médicas o el acompañamiento de un profesional sanitario.
Esta visa se expide a las personas que desean visitar el territorio nacional por motivos de ocio, turismo o intereses culturales.
El visado puede concederse hasta por dos años en función de las actividades propuestas por el extranjero en Colombia.
La permanencia autorizada en el territorio nacional no podrá exceder de 180 días continuos o discontinuos en cada 365 días de uso del visado.
Si la solicitud se presenta individualmente o con el apoyo y patrocinio de una persona natural, se deben cumplir requisitos específicos.
Dichos requisitos incluyen una carta firmada por el solicitante o la persona que respalde la solicitud.
La carta debe incluir: la identificación completa del solicitante o de la persona que patrocina el visado, una explicación de la relación con el extranjero, el propósito del viaje y una declaración de responsabilidad financiera por los gastos de estancia y transporte personal o del extranjero.
La solicitud de visado debe ir acompañada de seis meses de extractos bancarios del solicitante o de la persona que respalde la solicitud.
Este visado está destinado a las personas que deseen participar en trabajos de voluntariado relacionados con la promoción de los derechos humanos o el avance de los esfuerzos de desarrollo.
Dependiendo del proyecto concreto en el que participe el extranjero, esta visa puede tener una validez máxima de dos años.
Visa de migrante, se solicita o tramita para el extranjero que desee ingresar o permanecer en el territorio nacional con la intención de establecerse, y no cumple con las condiciones para solicitar visa tipo residente. Estos son los tipos de visa de migrante en colombia:
Esta visa que nos ocupa es aplicable a las personas extranjeras contratadas para ocupar un puesto denominado "fijo" o de larga duración.
Este visado en concreto está diseñado para personas que mantienen una relación constante con la empresa, siendo normalmente de duración indefinida o con posibilidad de renovación tras un periodo fijo de al menos un año.
La validez de la visa de tipo "M" es de tres años.
Si la duración del contrato es inferior a tres años, el visado de tipo "M" tendrá una validez correspondientemente más corta.
Los requisitos específicos para obtener este tipo de visa incluyen la presentación del formato resumen de contrato.
Ten en cuenta que la autoridad encargada de los visados puede exigir la presentación del contrato original si la información facilitada en el modelo de resumen de contrato es insuficiente, incoherente o requiere aclaraciones.
Además, el empresario deberá presentar una carta de motivación y los extractos bancarios correspondientes a los seis meses anteriores.
Si el empresario es una persona jurídica, deberá demostrar unos ingresos medios mensuales equivalentes a 100 salarios mínimos legales mensuales, mientras que los ingresos de la persona física deberán ser de 10 salarios mínimos legales mensuales.
Requisitos específicos:
1. Necesitarás aportar copia autenticada del Registro Civil Colombiano de Matrimonio, Escritura Pública, Sentencia Judicial o Acta de Acuerdo.
2. Necesitarás una carta de solicitud de visa firmada por el cónyuge o compañero permanente colombiano, junto con una fotocopia de su cédula de ciudadanía y un poder especial otorgado al solicitante extranjero para solicitar dicha visa.
Nota: Al solicitar la visa como compañero o compañera permanente de un nacional colombiano en una Oficina Consular, se aceptará un documento válido que acredite la unión marital de hecho según las leyes locales.
El visado tipo "M" tendrá un periodo de validez de tres años.
Los extranjeros admitidos en una institución educativa en Colombia para cursar estudios de primaria, secundaria, media y pregrado pueden adquirir este tipo de visa.
Este visado "M" tiene una validez de tres años, y en los casos en que la duración de los estudios sea inferior a tres años, el visado "M" tendrá una validez más corta.
Los requisitos específicos para solicitarlo incluyen presentar extractos bancarios personales, estar patrocinado por una persona con fondos suficientes o presentar un certificado de beca.
Además, se requiere un certificado de admisión o matrícula en estudios primarios, secundarios o universitarios en una institución educativa autorizada en Colombia.
Los extranjeros que deseen ejercer su profesión o realizar actividades profesionales independientes dentro del país pueden solicitar este tipo de visa.
Este visado "M" tendrá una validez de (3) tres años.
Los requisitos específicos incluyen una carta formal de solicitud, así como al menos tres certificados que verifiquen la experiencia relevante en la profesión u oficio.
También son necesarios extractos bancarios personales de los seis (6) meses anteriores, que indiquen unos ingresos medios no inferiores a diez (10) salarios mínimos mensuales legales, junto con el permiso, la licencia o el permiso provisional adecuados concedidos por la autoridad competente para las profesiones reguladas.
En el caso de profesiones no reguladas, deberá aportarse un título profesional debidamente homologado por el Ministerio de Educación.
Esta visa es aplicable a las personas naturales extranjeras que sean accionistas o propietarias de una sociedad comercial con una inversión no inferior a cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
La visa tipo "M" tendrá una vigencia de tres (3) años.
Los requisitos específicos incluyen la presentación de una carta de solicitud que identifique con precisión el nombre comercial, la dirección y el Número de Identificación Fiscal (NIF) de la empresa comercial en la que invierte o que ha establecido el solicitante.
El solicitante también debe presentar una certificación de composición accionaria, certificada por contador público que refleje el capital social registrado y pagado o la propiedad de activos del solicitante extranjero, que debe ser equivalente o superior a cien (100) salarios mínimos mensuales legales vigentes en el caso de sociedades accionarias.
Si los documentos aportados se consideran insuficientes, incongruentes o requieren aclaraciones, la autoridad encargada de los visados podrá solicitar el contrato original de la empresa o información financiera.
Pueden obtener este visado los nacionales de cualquiera de los Estados miembros del Mercosur y sus asociados que deseen entrar o ya hayan entrado en territorio nacional y soliciten la residencia temporal en virtud del acuerdo de residencia para nacionales de los Estados miembros del Mercosur: BRASIL, PERÚ, ECUADOR, ARGENTINA, BOLIVIA y URUGUAY.
Es una de las mejores visas disponibles para estos nacionales, ya que les permite estudiar, trabajar, invertir, etc.
Válido hasta tres años, puede renovarse antes de su expiración para solicitar el visado de residente (R).
Ten en cuenta que, en algunos casos, la autoridad expedidora de visados del Ministerio de Asuntos Exteriores puede realizar entrevistas y solicitar la documentación adicional que considere oportuna.
Requisito específico: un certificado de antecedentes penales del país de origen del solicitante o de cualquier lugar en el que haya residido en los últimos tres años.
El visado tipo "M" tendrá una duración de tres (3) años.
Pueden solicitar este visado los extranjeros que perciban un fondo de jubilación o pensión, o unos ingresos periódicos comprobables.
El visado de tipo "M" tendrá una validez de tres años.
Para acceder a ella, el solicitante deberá acreditar el pago mediante certificación expedida por entidad competente, misión diplomática u oficina consular del país donde el extranjero obtuvo la pensión acreditada en Colombia.
El monto de la pensión debe ser igual o superior a tres salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Alternativamente, se puede presentar una certificación de una entidad pública o empresa privada reconocida que especifique los ingresos pagados o transferidos mensualmente al extranjero que solicita la visa.
El importe de los ingresos especificado en el certificado no puede ser inferior a diez salarios mínimos legales mensuales.
Los extranjeros que deseen venir a Colombia con fines religiosos, como trabajo misionero o formación religiosa bajo una iglesia o confesión reconocida, pueden solicitar un visado tipo "M" válido durante tres años.
Para solicitarlo, deben aportar un certificado de reconocimiento y representación legal del Ministerio del Interior o de la Diócesis o Arquidiócesis correspondiente.
Visa de residente, se otorgará al extranjero que desee ingresar al país con el ánimo de establecerse en él. El Ministerio de Relaciones Exteriores podrá expedir esta visa al extranjero que desee permanecer en el territorio nacional en los siguientes casos: cuando el extranjero sea padre o madre de nacional colombiano; cuando los dos padres de nacional colombiano sean extranjeros; serán nacionales colombianos los hijos de extranjeros cuando alguno de sus padres estuviere domiciliado en la República en el momento del nacimiento del menor; de conformidad con la Ley 43 de 1993. Estos son los tipos de visa de residente en colombia:
Podrá acceder a este visado el progenitor extranjero de un ciudadano colombiano por nacimiento, tanto si uno de los progenitores es ciudadano colombiano como si los progenitores, aun siendo extranjeros, estaban domiciliados en Colombia en el momento del nacimiento.
El visado "R" tendrá validez indefinida.
La estancia autorizada para el titular del visado "R" será igual a su período de validez.
Requisitos específicos:
1. Copia de la partida de nacimiento del menor ciudadano colombiano.
2. Carta de solicitud según el caso:
Cuando el hijo ciudadano colombiano sea menor de edad, la carta deberá estar firmada por el otro progenitor en la que conste que el extranjero solicitante del visado cumple con los deberes alimentarios que le corresponden.
Cuando el hijo sea mayor de edad, deberá presentar carta de solicitud de visa para el progenitor extranjero, acompañada de fotocopia de la cédula de ciudadanía colombiana.
Ten en cuenta que:
En caso de ausencia de consentimiento del otro progenitor del menor, deberás presentar certificación de la Autoridad Colombiana de Familia en la que se especifique que no existe medida de protección o restitución de derechos y acompañada de las pruebas que comprueben que el extranjero ha venido cumpliendo a cabalidad con sus obligaciones.
Los extranjeros que sean titulares principales de visas tipo M, podrán solicitar la prórroga de su visa por dos (2) años como cónyuge o compañero permanente de nacional colombiano, padre o hijo de nacional colombiano por adopción o por el Acuerdo de Residencia para Nacionales de los Estados Miembros del Mercosur, Bolivia y Chile.
También podrán solicitar la prórroga de su visa por cinco (5) años como refugiado, trabajador, empresario, profesional independiente, trabajador religioso, estudiante, inversión extranjera directa, jubilado o pensionado.
Las personas con visado Tipo R tendrán validez indefinida y estarán autorizadas a permanecer en territorio colombiano por el mismo tiempo que dure la vigencia de su visa.
Entre los requisitos exigidos se encuentran copia de los visados anteriores y de los documentos de salvoconducto durante su permanencia, certificado de migración expedido por la Unidad Administrativa de Migración Colombia, prueba documental de ocupación y/o fuente de ingresos, y prueba de que subsisten las condiciones que dieron lugar a la concesión del último visado.
Podrán solicitarla los inversionistas extranjeros que hayan registrado inversión extranjera directa por valor superior a 650 salarios mínimos legales mensuales ante el Departamento de Cambios Internacionales del Banco de la República de Colombia.
El visado R tendrá validez indefinida, y la estancia autorizada para los titulares del visado R será igual al periodo de validez.
Un requisito específico es la certificación del Departamento de Cambios Internacionales del Banco de la República indicando que la inversión extranjera superior a 650 salarios mínimos legales mensuales está registrada a nombre del extranjero.
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